En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada al ciudadano AQUILES JOSE TOCUYO HENRIQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.246.121, estado civil soltero, oficio obrero, fecha de nacimiento 03-12-1968, 37 años de edad, hijo de los ciudadanos TOMAS AQUILES TOCUYO y MARITZA HENRIQUEZ, residenciado en: Sector 02, Calle 04, Casa N° 12, Barrio El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal, cometidos en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JOSE AGUILERA y LA COLECTIVIDAD, respectivamente, de fecha 11/05/2006, la cual riela a los folios ciento sesenta y uno (161) al ciento sesenta y ocho (168), Segunda Pieza de la.....