Seguidamente el Tribunal visto el pedimento por cuanto el mismo no es contrario a las disposiciones de Ley, acuerda y revisado las documentaciones que constan en autos, así como la opinión favorable de la Fiscal del Ministerio Público este Tribunal Primero de Primera Instancia Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda hacer entrega al ciudadano ALEXIS JOSE LUNA NEIRA, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº 3.677.707, domiciliado en Residencia Marina Beach, Edificio Donaires, Apartamento 1-4, Maguey Sur, del Estado Anzoátegui, el cheque No. 00096541, contra el Banco Provincial, por un monto de CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 5.807,95), a favor de la joven MARIALEJANDRA "LUNA ORTIZ", actualmente mayor de edad. Así mismo, visto que la jo.....