en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con los Artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se abre el presente cuaderno de medidas, el cual formará parte del expediente Nº BP02-V-2008-001025. En cuanto al embargo esta Sala de Juicio mantiene las cantidades fijadas provisionalmente en el mes de mayo del año 2008, y por cuanto del mismo expediente se evidencia que el padre no ha cumplido con las obligaciones de manutención, y en consecuencia, éste TribunEmbargo Sobre CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) del Salario devengado por el ciudadano NESTOR DANIEL CHIVICO VELASQUEZal en cuanto a las MEDIDAS PROVISIONALES solicitadas DECRETA: PRIMERO: Embargo Retención de TREINTA Y SEIS (36) MENSUALIDADES FUTURAS, en base a CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) del Salario devengado por el ciudadano NESTOR DANIEL CHIVICO VELASQUEZ,CUA.....