Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Asumir el Poder Jurisdiccional en la presente causa seguida a los ciudadanos: JACKELIN MARTINEZ Y WILLIANS JOSE DIAZ, prescindiéndose de los Escabinos. SEGUNDO: Este Tribunal fija nueva oportunidad para la celebración del juicio oral y publico, a los ciudadanos: WILLIAMS JOSE DIAZ DIAZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.479.937,.natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23-04-81, de 19 años de edad, hijo de Benita Dolores Díaz y de Juan Díaz, obrero, concubino y residenciado en Calle Andrés Bello cruce con Nicomedes, Nº 53, Residencias Las Delicias Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui ; y JACkELINE JOSEFINA MARTINEZ, venezolana, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27-07-.....