Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio de la Abg. JULIA SFORZA RODRIGUEZ, actuando su carácter de Defensora Pública del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad Nº 22.842.912, Venezolano, natural de Barcelona, nacida en fecha 13-06-1992, de 17 años de edad, soltero, Estudiante, hijo de los ciudadanos Aníbal Amatima y Jerónima Andancia, residenciado en: el Sector Tierra Firme, Chorreron, casa S/N, Puerto la Cruz Estado Anzoátegui; teléfono 04248696886, y en consecuencia ACUERDA convocar a una audiencia oral y reservada de PLAZO PRUDENCIAL, para el día LUNES 13-12-10, a las ONCE de la mañana (11:00 AM), para que la Representante del Ministerio Público pres.....