Sobre la base de los motivos expuestos precedentemente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la Interdicción Provisional de la ciudadana KAIRYS ZULEIMA RODRÍGUEZ ALFONZO, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Puerto la Cruz y titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.174.531, de conformidad con lo previsto en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 396 del Código Civil. Asimismo, se designa Tutor Interino de la entredicha a la ciudadana EGLIS VELLEDA RODRÍGUEZ ALFONZO, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Puerto la Cruz y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.190.476, a quien se ordena notificar, mediante Boleta, a fin de que comparezca por ante este Tribunal en el segundo día de Despacho s.....