Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar la pretensión procesal de resolución de contrato de arrendamiento, que hubiere propuesto el ciudadano JULIO DEMETRIO IRIZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° 213.315, debidamente asistido del abogado en ejercicio IVAN TAYUPO CEDEÑO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69271, en contra del ciudadano ANTONIO JOSÉ GUAITA CONOPOIMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 5.490.277. Así se decide.