esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la Defensora Pública Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Abog. Yemdy Alcalá, a requerimiento de la ciudadana NAIROBIS JOSE LICET MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.040.678, domiciliada en: Calle Sucre, Sector San Rafael, casa s/n, Anaco, Municipio Anaco, Estado Anzoátegui, a favor de su hijo el niño ...., SEGUNDO: DECRETAR como ÙNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano JORDUY JOSE LICET GONZALEZ, fallecido el día dos de Diciembre de dos mil doce (02/12/2.012), quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-20.446.871, a su hijo el niño.....