Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado LUIS UBALDO SIMOZA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.976.877, natural de Maturín, Estado Monagas, donde nació en fecha 10/10/1966, de 39 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio militar retirado, hijo de los ciudadanos Luis Blanco (v) y Carmen Simoza (df), residenciado en la Calle Tres, Pueblo Nuevo Dos-Tropical, Vía Nacional, Casa S/N°, Caripito, Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415, en relación con el artículo 420 ordinal 2°, ambos del Código Penal, en perjuicio del adolescente JUNIOR IVIMAS; todo de conformi.....