Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: YANITZA MARÍA GONZÁLEZ MORANTES, CARLOS ENRIQUE GONZÁLEZ MORANTES, ALEXIS ANTONIO GONZÁLEZ MORANTE, THAIS DE LA CRUZ GONZÁLEZ MORANTES, JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ MORANTE, venezolanos, mayores edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 8.969.135, V-3.850.969, V-03.850.967, V-5.990.204, V-8.474.982 en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto ADOLFO ERNESTO GONZALEZ MORANTE, quién era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.850.968, y quien falleció en el Centro Medico de Diagnostico Integral Los Cortijos, Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco, Estado Zulia y así se decide.-