Este Tribunal ADMITE y acuerda citar por medio de boletas a los ciudadanos LUPITA DEL VALLE SABINO HURTADO Y ANGEL ALBERTO ROJAS LABANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.227.101 y 8.273.887, respectivamente, la primera domiciliada en la Calle La Medicatura, Casa Nº 10, Banco Obrero Puerto Piritu, Municipio Peñalver del Estado Anzoàtegui, y el segundo en la Calle Las Flores, Nº 35, Boca de Uchire, Estado Anzoàtegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a sus citaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio; comisionandose para tal fin al Juzgado de los Municipio Fernando de Peñalver y Piritu y al Juzgado del Municipio San Juan de Capistrano.....