en consecuencia esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 522 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de Divorcio Contencioso, presentado por la ciudadana YOSLENI DEL VALLE RIVAS DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.903.781, de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio ALEXIS LIENDO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.522, en contra del ciudadano ENRIQUE JOSE RIVERO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.696.441, domiciliado en Barrio Venezuela, Casa Nº 06, Ciudad Ojeda del Estado Zulia, donde se encuentran involucrados los adolescentes y niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la.....