Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: PEARLIE BADRI, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-15.717.858, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la extinta: ESTHER INDIRA BADRI MOHAN, quien era natural de Jamaica, de 19 años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-17.263.149, , y quien falleció en fecha 12 de Marzo del año 2005, en el Hospital Ruiz Páez, Municipio Heres, parroquia Central del Estado Bolívar, a consecuencia de Insuficiencia respiratoria, broncoaspiración e intoxicación por antidepresivos, y así se decide.-