Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INMEDIATA LIBERTAD por APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al Imputado EDUARDO ANTONIO CAMPOS PAEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.766.191, Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 09-01-77, de 28 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio montador de estructura, hijo de MARIA TRINIDAD PAEZ y EDUARDO ANTONIO CAMPOS, residenciado en Callejón 24 de Julio, Calle 24 de Julio, S/N, al lado de una casa de dos plantas, Guamachito, Barcelona, Estado Anzoátegui, se deja constancia de que el imputado no presenta tatuajes, ordenándose su inmediata libertad. Líbrese oficio al Director de la Policía de Urbaneja. Cúmplase.