Por las razones esgrimida al comienzo, es por que este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por el ciudadano: BASILIO RAFAEL BARROSO CUMANA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 8.215.393, debidamente asistido por la Dra. YARITZA REYES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.331 y se ordena que en lo adelante, el nombre del solicitante sea escrito así: "BASILIO RAFAEL", que es lo correcto, y no BACILIO RAFAEL, el cual es incorrecto, quedando de esta forma corregido el nombre del ciudadano: BASILIO RAFAEL BARROSO CUMANA, el cual se encuentra asentada bajo el N° 190 del año 1961 en lo Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil del Municipio Mac-Gregor, Distrito Aragua, del Estado Anzoátegui. Se ordena remitir copia certificada d.....