En virtud de lo anteriormente narrado, este Tribunal de Conformidad con lo previsto en el artículo 578 literal "A" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Admite en su totalidad la Acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, en contra de los adolescentes SE OMITEN, por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL previsto en el artículo 174 del Código Penal Venezolano y sancionado por la Ley Especial que rige la materia, en su articulo 628, en perjuicio de YENEIDY JOSEFINA ROMERO NAVAS. En tercer lugar: Se admiten los Medios de Pruebas ofrecidos por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, por ser legales, pertinentes, útiles y necesarios para el esclarecimiento de los hechos, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ahora bien, admitida como ha sido la acusación, el Tribunal pr.....