Este tribunal admíte y acuerda citar por medio de boletas, a los ciudadanos CARMEN LUISA GONZALEZ y ANIBAL JOSE VELASQUEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.063.856 y V-8.288.006, respectivamente, domiciliados la primera en Los Cerezos, Bloque 6-B, Apartameno 3-B, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y el segundo domiciliado en Valle Verde, Calle Fermín Toro, Casa N° 42, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezcan acompañados de la niña NATASHA ANGELINA VELASQUEZ GONZALEZ, por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en un lapso de Veinticuatro (24) horas, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que expongan lo que crean conveniente en relación con la solicitud de RESTITUCION DE GUARDA, relacionada con la niña NATASHA ANGELINA VELASQUEZ GONZALEZ. Asimismo se acuerda practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a los ciudadanos CARMEN LUISA GONZALEZ y ANIBAL JOS.....