En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Juzgadora Abg. America Fermín, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, lo siguiente: PRIMERO: Se acuerda hacerle entrega a la ciudadana LILIAN YULISAY COA MATA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 22.840.081 domiciliada en la Urbanización Campo Claro, Calle Orinoco, Casa N° 22-02, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, de la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES (11.000,00 Bs.) para poder cubrir las necesidades de salud , en beneficio de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y se ordena hacer entrega d.....