en consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Rectificación solicitada y en consecuencia el apellido correcto del padre, ciudadano JOSE LUIS SIMOSA RUIZ, es SIMOSA, y no como aparece en la Partida de Nacimiento del niño XXXXXXX, quedando así Rectificada dicha Partida de Nacimiento del hijo de la solicitante JORGERLINT LIN BERMUDEZ GUAREPO, plenamente identificada, inserta en los Libros del Registro Civil, llevados por la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 351, correspondiente al año 1998, y debiendo aparecer el apellido correcto del padre, SIMOSA, y no como aparece en la Partida de Nacimiento antes citada. Se acuerda además oficiar lo conducente a la Prefectura del Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, remitiéndose Copia Certifica.....