Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente, Decreta la Cesación de la Medida de LIBERTAD ASISTIDA que por el plazo de UN (1) AÑO fuera impuesta al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, donde nació el (omitida), de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad número (omitida), hijo de los ciudadanos de (IDENTIDADES OMITIDAS), de estado Civil soltero, residenciado en la (dirección omitida) Estado Anzoátegui por Tribunal de Control Nº 2 Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui: por encontrarlo culpable de la comisión del delito HOMICIDIO CULPÒSO previsto en el articulo 411 en agravio del Ciudadano HUMBERTO JOSÈ SANCHEZ MARTINEZ todo conforme lo establecido en los artículos 629, 645 y 647 literal h) de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, Notifíquese a las partes, Particípese. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE.....