Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia de Juicio de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana AIXA DEL VALLE LAREZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.909.545, de este Domicilio, a favor de sus hijos (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) contra el ciudadano RICHARD JOSE ANDUJAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.901.252, quien puede ser localizado en la calle Primero de Mayo, casa S/N, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se fija.....