en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para las niñas "MEDINA PEREZ", la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000,oo), mensuales, asimismo la misma cantidad adicional en los meses de Septiembre y Diciembre, la cual será retirada por la ciudadana MARISELA DEL VALLE PEREZ, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 01-051-042244-4, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre de las niñas ya mencionada, y la misma empezará a regir a partir del presente mes de Octubre de 2006,. Asimismo se ORDENA hacerle entrega de la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.300.000, oo), por concepto de BONIFICACION ESPECIAL para sufragar gastos escolares de las mencionada niñas. Líbrese oficio.