este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, se homologa la transacción celebrada por las partes, en los mismos términos por ellos expresado y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 14 de Octubre de 2.002, participada con oficio N° TCM-950, de fecha 14 de Octubre de 2.002, sobre Una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, distinguida la parcela con el N° 19, Manzana 01, la cual forma parte del Parcelamiento denominado "PARQUE RESIDENCIAL LOS VIDRIALES", sector Oeste, lote "A", ubicada en la Avenida 02 con la Avenida 01 de la Urbanización Tronconal II de la ciudad de Barcelona, jurisdicción de la Parroquia El Carmen, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Dicha Parcela de terreno tiene un área aproximada de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS (146,25 Mts2) y un área de construcción aproximada de SESENTA Y DOS .....