Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se Condena al acusado LUIS ANGEL RIVAS PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.410.873, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 06/09/1984, de 23 años edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Deportista, hijo de los ciudadanos ANGEL LUIS RIBAS y ELBA ROSA PEREZ, residenciado en vía alterna, calle principal, casa s/n°, Barcelona, estado Anzoátegui, previa su admisión de los hechos, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS MESES DE PRISION, que cumplirá en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución que resulte competente para conocer .....