esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscal Décimo Tercero Auxiliar del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, Abogada LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento de la ciudadana INGRID TINEO RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº 17.236.947, domiciliada en la Calle Nueva Esparta, cruce con Marin, casa Nº 55-B, Barrio Razetti I, Barcelona, Estado Anzoátegui,. SEGUNDO: Designar al ciudadano GERMAN RAMON TINEO MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.878.187, de este domicilio, para que sea el CURADOR AD HOC, del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la C.....