Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de PARTICION DE HERENCIA, incoada por los Ciudadanos: ANTONIO BERTILLO GRANT, FRANCIS DALTOL GRANT, ROBERTO ELEAZAR GRANT NIVET Y RICARDO CLAUDIO GRANT NIVET, venezolanos, con excepción del segundo de los nombrados, quien es de nacionalidad Estadounidense, y portador del pasaporte Nº 213246129, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.797.754, 4.009.829 y 4.009.830, respectivamente, contra los ciudadanos YVETTE BEDE LA BARRIE DE GRANT, cedulada bajo el Nº 8.306.937; ANISSA MARIA GRANT LA BARRIE, titular de la cédula de identidad Nº 8.334.968, BRENDAN GABRIEL GRANT LA BARRIE, titular de la cédula de identidad Nº 8.498.900; DAMIAN VICTOR GRANT LA BARRIE, titular de la cédula de i.....