Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de Control Nº 1, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el petitorio del Abogado ALIRIO MADRID, en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano, titular de la cédula de identidad Nº 22.870.599, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 28-11-1992, de 14 años de edad, Soltero, Estudiante, hijo de los ciudadanos Freddy Rodríguez y Castica Rodríguez, residenciado en Vía Autopista, Sector Barba Coa, Calle Los Chaguaramos, Casa N° 15, CERCA DE LA Bodega con todo, Estado Anzoátegui, en el sentido que se le fije un plazo a la Representante del Ministerio Público para presente la conclusión de su investigación, en la presente causa seguida a su Representado. Y así se declara. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de l.....