esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud presentada por el ciudadano JESUS SALVADOR TOVAR DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.193.291, domiciliado en la Urbanización Monseñor Constantino Maradei Donato, Calle 04, Casa Nº 118, Sector Lomas Verdes, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS AGUILERA BLANCO, inscrito en el inpreabogado bajo el nro 139.920.SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES de la de cujus ciudadana AMERICA DEL VALLE BARRIOS DUARTE, quien era de nacionalidad venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-8.342.667, fallecida en fecha 28 de .....