DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la solicitud por Obligación de Manutención, corresponde a setecientos catorce bolivares (Bs. 614,00) la cual supra identificada a beneficio de sus tres hijos de nombres xxxxxxx, xxxxx y xxxxxx antes mencionados, son hijos de YELITZA ROSALIS HERRERA FEBRES y WILLIANS OMAR PEREZ, de conformidad con el Artículo 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de los niños, niñas y adolescentes, tomando en cuenta los principios de Prioridad Absoluta y del Interés Superior del niño, niña y adolescentes que lo requiera. No hay lugar a condenatoria en costas. Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente sentencia. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Ju.....