Vista la diligencia suscrita en fecha 02 de junio de 2010, por el abogado en ejercicio GONZALO OLIVEROS NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad número 5. 536. 247, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 18. 111, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil, inscrita en los Libros de Registro de Comercio al efecto llevados por el Juzgado de Comercio del Distrito Federal en fecha 03 de abril de 1925, bajo el Nº. 123, mediante la cual desiste del procedimiento, por cuanto "la parte demandada actualizó las cuotas hasta la fecha vencidas del crédito adeudado a mi mandante", todo con ocasión de la demanda por EJECUCION DE HIPOTECA, interpuesta contra el ciudadano PEDRO LUIS VILLAROEL VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº. 14. 633. 815; y solicita la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este.....