En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos YOSMAN JOSE LEAL HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.814.164, natural de Maturín, Estado Monagas, estado civil soltero, oficio Empresario del Sector Petrolero, fecha de nacimiento 12-08-78, 26 años de edad, hijo de los ciudadanos OFELIA HERNANDEZ y Padre desconocido, por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 282 del Código Penal; y al Imputado LUIS JAVIER BASTARDO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.419.126, natural de Cumaná, Estado Sucre, estado civil soltero, Profesión Abogado, fecha de nacimiento 11-08-79, 25 años de edad, hijo de los ciudadanos ELY DE JESUS BASTARDO BENITEZ y ROSILDA JOSE FINA OR.....