Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo de juicio por DAÑOS MATERIALES, provenientes de accidente de tránsito seguido por por el ciudadano JAIRO DE JESUS AGUILAR VALLEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 15. 369.016, a través de su apoderada judicial ZULEIMA BELLAVILLE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 30. 645, contra la empresa SOLDADURAS SOLTAV C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 09 de agosto de 1973, bajo el Nº. 50, Tomo 2, y sus posteriores reformas, de fecha 1º de julio de 1982, inscrita bajo el Nº. 122, Tomo 2, y conformada por Documentos de transformación insertos por ante el registro Mercantil en fecha 24 de enero de 1994, bajo el Nº. 42, Tomo 2-B y 29 de junio de 1995, bajo el Nº. 52, Tomo 20 –A., partes suficientemente.....