Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano JESUS ANTONIO CORDOVA FEBRES, nacionalidad Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 07-08-1975, hijo de JUAN DIAZ (D) y MAURA FEBRES (V), profesión u oficio Chofer, con residencia en Calle Principal, Casa Nº 07, Barrio Razetti 02, Barcelona Estado Anzoátegui; de conformidad a lo consagrado en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Unidad Estadal Nro. 21 de Tránsito Terrestre Puerto la Cruz del Estado Anzoátegui, participándole la inmediata libertad del imputado, quién saldrá de la sede de este Tribunal. Remítase el presente asunto a la Fiscal.....