DECISION
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, incoada por la ciudadana YSAURA MERCEDES BRITO VILLAFRANCA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10. 947.439, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA JOSE MEDORI MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.033, contra los ciudadanos MILLER RAMIREZ, ROSA DEL VALLE BASTARDO DE RAMIREZ, y CARMEN JULIA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.212.773,4.501.898 y 15.291.228, respectivamente, el primero de los nombrados de estado civil casado y de ocupación comerciante.
SEGUNDO: Se ordena que la demandante YSAURA MERCEDES BRITO VILLAFRANCA, se.....