Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la LIBERTAD PLENA al ciudadano DAVID FELIPE NAVAS APONTE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13222953, natural de Cumaná, Estado Sucre, donde nació en fecha 28/05/1974, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de David Navas y Matilde Aponte, residenciado en Calle Principal, Casa s/n, Barrio Los Olivos, Bodega El Sol, Sector Puente Ayala, Barcelona, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.