declara CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, y con fundamento en el Mutuo Consentimiento, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Vinculante N° 693, de fecha 2 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, formulada por los Ciudadanos: JOSE RAMON BASTARDO VELASQUEZ y LISBETH AURIMAR FERRO GUILLEN, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-13.030.396 y V-12.503.292, respectivamente, ambos domiciliados en esta Ciudad de El Tigre, Municipio Simon Rodríguez, Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la Abogada NEUDELIS VICENT ORTIZ, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.935, declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 20 de Febrero de 2015, por ante por ante el Registro Civil de El Tigre, Municipio Simon Rodríguez, Esta.....