Este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, solicitado por el Fiscal Vigésimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a favor del ciudadano JUAN JOSE, es de orden publico, en razón del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 DEL Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MIRIAN JOSEFINA GARCIA, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con numeral 8 del articulo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por a este caso por remisión expresa a que se contrae el articulo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese. Líb.....