En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: CLARA ELENA MEDINA DE REYES, Venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio del hogar, titular de la cedula de Identidad N° V-2.424.002, residenciada en Tronconal III, Vereda 58, casa N° 02, sector 2, Barcelona Estado Anzoátegui; OVIDIO JOSE REYES, Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, titular de la cedula de Identidad N° V-15.514.788, residenciado en la avenida 4, sector 2, vereda 59, casa N° 02, de Tronconal III, Barcelona Estado Anzoátegui; MEHILXERR ZANOTTI MARIN, Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad N° V-8.286.995, residenciado en la aveni.....