esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la Defensora Pública Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Abog. Yemdy Alcalá, favor de los niños ----, a requerimiento del Ciudadano JONASKI JEANPIERO AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.966.940, domiciliado en la Urbanización El Remanso de Las Mercedes, casa Nº E-25 de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui; teléfono: 0416-5430029, SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR del ciudadano JONASKI JEANPIERO AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.966.940, venezolano, mayor.....