DISPOSITIVA
Por las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA MANTENER la medida de Libertad ASISTIDA impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por el plazo de DOS (02) AÑOS, y determina que el mentado sancionado inició el cumplimiento de la medida en fecha 24 de Noviembre de 2011 en forma mensual, continua e ininterrumpida hasta la fecha de elaboración del Informe Evolutivo descrito, es decir el 14 de Febrero de 2013, de lo que se infiere que ha cumplido UN (01) AÑO., DOS (02) MESES, VEINTE (20) DIAS, faltando para cumplir NUEVE (09) MESES, DIEZ (10) DIAS , siendo la fecha tentativa para la culminación del cumplimiento de la sanción el 24 de Noviembre de 2013; conforme los artículos 614, 626, 629, 647 literales a) y e) de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niña.....