Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICIIÓN DANNY RAFAEL DURAN SUAREZ, Venezolano, natural de Guanta, Estado Anzoátegui, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.842.030, de profesión u oficio pescador, hijo de los ciudadanos Juan José Duran y Nelsan Margarita Suárez (D), residenciado en Sector Banù Nuevo, Casa Nº 15, Volcadero, Frente la Cancha Casa Verde Guanta Estado Anzoátegui, de conformidad con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Boliviana de Venezuela. Líbrese el oficio respectivo al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Guanta, participando la libertad del ciudadano antes referido. Cúmplase.