En base a lo antes señalado, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN, en relación al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra la Providencia administrativa número 0080-2016 (exp. 003-2015-01-01380) dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alberto Lovera", en fecha 01 de febrero de 2016, que declaró sin lugar la denuncia de reenganche, restitución de la situación jurídica infringida y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano ALEJANDRO MOISÉS MORÓN PÉREZ, antes identificado, contra la empresa CLOVER INTERNACIONAL, C.A., en consecuencia, queda EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se ordena notificar al Procurador General de la República de esta decisión.