Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida en diligencia de fecha 16 de marzo de 2004, por la ciudadana MARIFRANCIS CALIGIORE, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Maribel Castillo, ya identificadas, contra el auto de fecha 10 de marzo de 2004, mediante el cual el Tribunal Tercero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, negó la admisión de la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por la ciudadana MARIFRANCIS CALIGIORE QUEREGUAN, venezolana, mayor de edad, titular de a Cédula de Identidad Nº. 8. 300. 785, actuando en nombre propio y en su carácter de administradora y única socia de la sociedad civil GUARDERIA BAMBI, inscrita en el Registro Subalterno en fecha 27 de junio de 1995, bajo el Nº. 21, folio del 141 al 147, Protocolo Primero , Tomo 16, Segundo, debidamente asistida por la abogada en ejercicio.....