Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa de Ejecución de Hipoteca , que incoara ORIENTE ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, Asociación Civil, domiciliada en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, constituída mediante documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, el 30 de mayo de 1964, bajo el N° 57, folios 108 al 114 vto, Protocolo Primero, Tomo Primero y bajo el N° 7, folios 46 al 71, Protocolo Primero, Tomo Quinto, Tercer Trimestre del año 1979, a través de su apoderado Judicial el Abogado, PEDRO JOSÉ MENDOZA URBINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 16.099., en contra de la ciudadana EMIGDIA JOSEFINA MOYA SA.....