este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las actuaciones bastante para asegurarles a los adolescentes FRANCISCO JAVIER, FRANKLIN JOSE, FRANCY CAROLINA y ANGELO JOSUE "GUACARE GUARDIAN", de actualmente diecisiete (17), dieciséis (16), catorce (14) y trece (13) años de edad respectivamente, y a la ciudadana MIRAIDA JOSEFINA GUARDIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.254.175, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados. Asimismo, se ordena el cierre y remisión del presente expediente al Archivo Judicial de este Estado.- Déjese copia en el libro diario que lleva este Tribunal.-