En consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, en uso de sus atribuciones legales y en interés Superior del niño principio éste dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a la ciudadana MARIANELLA NATERA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.257.571, para viajar en compañía de su hija, la niña XXXXXXXXXXXX, a los fines de residenciarse por un periodo de tres (03) años en la ciudad de San Petersburgo, Estado de Florida, Estado Unidos de América en la Habitación N°30331, Pongo Way Wesley Chapez 33544. Igualmente se autoriza a la ciudadana MARIANELLA NATERA FERNANDEZ, ya identificada, para que gestione y firme por ante las ofici.....