Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a la imputada ROMY KATHERINE AULAR NIETO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.120.605, natural de Bolívar, Estado Bolívar, donde nació en fecha 08/10/1979, de 28 años de edad, de estado civil soltera, del hogar, hija de los ciudadanos Raúl Aular y Marina Nieto, y domiciliada en Ciudad Bolívar, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; de conformidad con lo establecido en del Articulo 256, Ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a seguirse es el Ordinario. Líbrense los correspondientes oficios. Cúmpla.....