Ahora bien, en fecha 29 de octubre de 2004, quien suscribe, se avoco al conocimiento de la presente causa, y siendo que por diligencia de fecha 17 de enero de 2005, suscrita por el ciudadano JUAN MENDEZ, parte actora en la presente causa, asistido de Abogado, solicita a este Tribunal el cumplimiento voluntario parcial del acuerdo transaccional de fecha 14 de Septiembre de 2004, por cuanto la empresa demandada no ha materializado el traspaso del vehículo, identificado en autos, proveyendo este Tribunal conforme a lo solicitado, a través de auto que decretó la Ejecución Voluntaria de la referida Transacción, y siendo que este Juzgador, de la revisión exhaustiva de las actas procesales, evidencia que debido a un error involuntario del Tribunal, se señalo en el referido auto que la empresa que debería proceder a dar cumplimiento voluntario al acuerdo transaccional alcanzado en la Audiencia Preliminar de fecha 14 de septiembre de 2004, era la empresa INDUSTRIAL SERVICES INCORPORATED, C.A., .....