Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA la ubicación del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado al inicio de esta Decisión, a través del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sotillo, y la Zona Policial Nº 02 de la Policía del Estado Anzoátegui, quien una vez ubicado deberá ser trasladado hasta la sede de este Tribunal, a los fines de reiniciar el cumplimiento de la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES, que le fue impuesta en sentencia fecha 08 de Abril del año 2003, por el Tribunal de Primera de Instancia Unipersonal en función de Juicio, Sección de Adolescentes, del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Articulo 460 del Código Penal, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en .....