Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del IMPUTADO: FRANCISCO ANTONIO MUÑOZ ARELLAN, quien es venezolano, Indocumentado, natural de San Félix, Estado Bolívar, donde nació en fecha 05/11/1977, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: Francisco Muñoz y de Carmen Arellan y residenciado en: Calle Meneses, Casa N° 12, Barrio Fernández Padilla, Barcelona, cerca de la Panadería La Costanera, Estado Anzoátegui; por encontrarlos responsables en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo, 453 ordinal 4° en relación con el 80, Primer Aparte del Código Penal vigente, todo artículo 256 ordinales 3º , 5° Y 6° del Código Orgánico Procesal Pen.....